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Policiales y Judiciales

Caso Linares: acusación pide entre cinco y seis años de prisión para el camionero brasilero

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El fiscal De Lillo pidió cinco años de prisión efectiva y diez de inhabilitación especial para la conducción de cualquier tipo de vehículos para Carlos Da Silva. La querella estiró el planteo a seis años y cuestionó que el acusado no haya pedido disculpas ni haya ofrecido condolencias a la familia. El conductor brasilero escuchó el alegato escondiendo parte de su rostro en el cuello de su vestimenta y mirando hacia abajo.

Luego de varios cuartos intermedios, dictarán el lunes la condena por la muerte de la familia Linares

La fiscalía remarcó en su alegato que la escala penal para el hecho investigado va de los 3 a los 6 años de prisión y tras analizar distintos elementos del caso solicitó 5 años de prisión efectiva y 10 de inhabilitación especial para la conducción de cualquier tipo de vehículos. La querella adhirió en todo a los argumentos de la acusación pública pero estiró el requerimiento de condena a 6 años de prisión.

De Lillo especificó que Da Silva es un conductor profesional, que hizo de la conducción de vehículos su medio de vida durante más de 25 años y ello le exigía un mayor grado de diligencia y ocasionaba una responsabilidad superior en relación al resto de los conductores. Destacó que ese mayor estándar exigido, su calidad de conductor internacional y la cantidad de víctimas le otorgaba un mayor grado de culpabilidad y elevaba el piso condenatorio. 

Al mismo tiempo evaluó las consecuencias devastadoras para las madres, abuelas y el resto de los familiares de las víctimas, apuntando como inconmensurable el daño ocasionado.

La fiscalía señaló que la única decisión correcta que tomó Da Silva fue desinflar un poco las cubiertas del camión antes de iniciar el viaje y equiparó el vehículo con una ametralladora, por su gran poder dañino en el marco del complejo trazado de la ruta 40, en las condiciones climatológicas en las que ocurrió el hecho.

Anticipándose a planteos defensivos el fiscal aseveró que los testigos quisieron hacer ver que Da Silva está afligido, pero destacó que su empleador obligatoriamente siguió pagando un salario mínimo, le proveyó un lugar digno donde vivir y que además tiene un permiso migratorio precario para permanecer en el país y hasta trabajar o acudir al servicio público de salud si tiene alguna dolencia o requiere ayuda psicológica por el pesar que alegó.

La fiscalía recordó el antecedente condenatorio de Daniel Curruhuinca, otro conductor de un camión que fue condenado a tres años de prisión y 5 años y seis meses de inhabilitación especial para conducir, tras provocar un siniestro en el que fallecieron siete personas (Alfredo Ezquerra, Alicia Levy, Paola Andrea Pereyra, Ylenia del Carmen León Carrillo, Li Mei Chi Rufina, Carlos Alberto Tejerina, Alezandra Martínez) y otras seis resultaron gravemente heridas.

La defensa hizo hincapié en la cantidad de pasajeros que viajaban en el utilitario de la familia Linares, que había sido homologado para dos personas y apuntó a la falta de uso de los cinturones de seguridad.

Además, se destacó el pesar de Da Silva tras el siniestro y su obligación de permanecer en el país, en un contexto totalmente ajeno a sus costumbres y cultura. También se sostuvo que, una vez que cese la pretensión del Poder Judicial por este hecho, su condición migratoria implicará la expulsión del país, con prohibición de reingreso a la Argentina.

Citando los antecedentes Palavecino -por un accidente similar entre Junín de los Andes y Piedra del Águila y el mismo precedente Curruhuinca, la defensa reclamó que no había motivos para apartarse del mínimo y solicitó que así se dicte la condena de tres años de prisión condicional.

Al cierre del debate se prorrogaron por cuatro meses las medidas cautelares que pesaban sobre Da Silva, que tienen que ver con la prohibición de salida del país y su presentación ante la Comisaría Segunda del Centro Cívico tres veces por semana.

En paralelo, la fiscalía añadió que para el caso de que el tribunal decida la aplicación de una condena de carácter condicional, la misma sea de obligatorio cumplimiento en territorio argentino y que en ese caso se le imponga además la obligación de realizar 500 horas de tareas comunitarias no remuneradas.

El tribunal anunció que tomará las 48 horas que prevé la norma para el dictado del veredicto, por lo que la Oficina Judicial convocará a la audiencia para la lectura del veredicto en el transcurso del día lunes.

Los jueces Maximiliano Bagnat, Eduardo Egea y Leticia Lorenzo decretaron un nuevo cuarto intermedio para que las partes ultimen detalles de cara a los alegatos finales en el juicio de pena que se sigue a Carlos Da Silva, tras una jornada marcada por los reiterados intermedios que dictó el tribunal.

La audiencia del juicio de pena comenzó a primera hora de la mañana y se extendió durante toda la jornada con sucesivos cuartos intermedios y sirvió para recoger diversos testimonios en relación a distintas situaciones derivadas del funesto siniestro vial que costó la vida de Ezequiel, Lisandro, Taiel y Martina Linares el 1 de junio de 2024 sobre la Ruta 40. 

Durante la audiencia de fijación de pena declaró Yamila Legarreta, esposa y madre de una de los menores  fallecidos, además de una referente de la organización civil Estrellas Neuquén, un responsable de Migraciones, diversos policías, trabajadores sociales, peritos, familiares y amigos del acusado.

Entre los elementos más importantes aportados por los testigos destacó que el conductor brasilero había traspasado las fronteras del país más de 300 veces en los últimos 20 años entre Brasil, Argentina y Chile. Solo una vez de todas las registradas, utilizó el paso Cardenal Samoré y fue justamente el mismo día en que ocurrió el siniestro bajo investigación.

Otros datos relevantes guardan relación con distintas denuncias que radicó el hombre en la Comisaría Segunda del Centro Cívico de Bariloche por presuntas agresiones verbales y físicas que reprochó a familiares de las víctimas y en el estado anímico que varios notaron en el acusado tras pasar más de un año en Bariloche, sin poder encontrarse con amistades y familiares y permanecer lejos de su suelo mientras se resuelve el proceso judicial en su contra.

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Además, la defensa introdujo el testimonio de un perito que hipotetizó sobre la cantidad de pasajeros para los que había sido homologada la camioneta Fiat Strada en la que viajaban las víctimas y en el uso o no de los cinturones de seguridad por parte de las mismas. Con una sola pregunta la fiscalía demostró que se trataba sólo de una hipótesis, de un perito que no era experto en accidentología.

La teoría fiscal ratificada por la sentencia estableció que el hecho ocurrió el 1 de junio de 2024, cerca de las 18, sobre Ruta Nacional 40. El imputado conducía un camión con semirremolque con sentido hacia Ruta Nacional 237, desde Villa La Angostura hacia Bariloche y, en esas circunstancias, Da Silva manejó el vehículo automotor bajo su mando en forma imprudente y antirreglamentaria, al no haber observado el cuidado y la prevención necesarios, y generó un choque con otro vehículo. De esta manera, creó un riesgo no permitido cuando maniobró en forma antirreglamentaria, al no respetar las señales de tránsito y desobedecer la obligatoriedad del señalamiento horizontal de doble línea amarilla existente en la calzada.

El acusado concretó una maniobra hacia su izquierda, generando su ingreso al carril contrario de la Ruta 40, invadiendo de esta manera el espacio de circulación de la camioneta que circulaba en sentido contrario. Esa maniobra es la que, a criterio de la fiscalía, generó el choque frontal entre el camión y la camioneta, provocando la muerte de las cuatro personas.