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Sociedad

Condenan a socios de una carnicería por encubrir una relación laboral como participación societaria

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La Cámara del Trabajo de Bariloche condenó a los socios de una carnicería local por encubrir una relación laboral bajo una apariencia de sociedad. El fallo reconoció la existencia de un vínculo de dependencia y ordenó el pago de indemnizaciones, entrega de certificados laborales y multas, además de notificar a AFIP por presuntas irregularidades previsionales.

Según el expediente, el trabajador comenzó a prestar servicios en agosto de 2019 en una carnicería ubicada en Gallardo al 700. Atendía al público, descargaba mercadería, cumplía horario de lunes a sábado y percibía un sueldo fijo en efectivo. A pesar de haber sido incorporado formalmente como socio con el 2% de participación en la firma SOCAR SS, no tomaba decisiones ni firmaba documentación comercial.

En febrero de 2022, tras una discusión, los responsables del local le comunicaron de forma verbal que no debía regresar a su puesto. Tras varias intimaciones sin respuesta, el trabajador se consideró despedido y promovió una demanda laboral.

El fallo judicial dio por probado que la figura societaria fue utilizada para encubrir una relación de subordinación y dependencia, situación confirmada a partir de declaraciones testimoniales, documentación respaldatoria y un peritaje informático. El hombre no percibía utilidades, no intervenía en balances, y su salario era abonado por otra empleada que recibía instrucciones vía WhatsApp.

La sentencia incluyó el reconocimiento de indemnización por despido sin causa, diferencias salariales, falta de registración laboral, y la entrega de certificados de aportes y servicios. Además, dispuso notificar a AFIP para que actúe en el marco de sus competencias.

Los socios de la firma fueron condenados solidariamente a responder por los conceptos reclamados, al considerar que existió una simulación societaria para evitar las obligaciones laborales.