Policiales y Judiciales
Confirman la condena a prisión perpetua por el femicidio de Agustina Fernández
La sentencia quedó firme tras múltiples instancias de revisión. Parra seguirá con la perpetua.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) declaró inadmisible un recurso extraordinario federal interpuesto por el condenado Pablo Parra, en la sentencia que involucró la actuación de un jurado popular. La víctima fue Agustina Fernández, la estudiante pampeana de Medicina de Cipolletti.
El recurso había sido planteado por la defensa de Pablo Parra, condenado a prisión perpetua por el delito de femicidio, tipificado por haberse cometido mediante violencia de género. La condena fue impuesta el 12 de junio de 2024 en Cipolletti luego de la declaración de culpabilidad por parte de un jurado popular.
Tras una impugnación ordinaria que resultó desestimada, la defensa solicitó el control extraordinario de la decisión. La denegatoria de ese planteo motivó la presentación de un recurso de queja ante el STJ, que también resultó rechazado. En este contexto, se interpuso el recurso extraordinario federal que ahora quedó inadmitido.
Es decir que la sentencia fue revisada por el Tribunal de Impugnación y luego llegó a la instancia del STJ. Con esta última presentación, la defensa pretendía que se le habilite la posibilidad de ir a la Corte Suprema.
El STJ concluyó que el recurso presentaba defectos formales que impedían su admisión. El tribunal analizó cada uno de los agravios. En relación con el pedido de prórroga de jurisdicción para el juicio por jurados, consideró que no se había demostrado la imposibilidad de conformar un jurado imparcial. Respecto a la alegación de autoincriminación, señaló que las manifestaciones cuestionadas no derivaron de engaño ni coerción.
En cuanto a la admisión de una prueba material (un trozo de tela con ADN), el STJ entendió que la defensa no acreditó la existencia de mala fe o irregularidades en la cadena de custodia. Además, valoró que el jurado recibió instrucciones claras sobre la valoración de dicha evidencia y que la defensa no las objetó en el momento procesal oportuno.
El tribunal también rechazó los argumentos sobre la falta de revisión integral de la sentencia. Citó doctrina de la Corte Suprema que permite cuestionar un veredicto por jurado cuando exista incongruencia entre las pruebas y la decisión, lo que no se verificó en este caso.
En este contexto, resolvió declarar inadmisible el recurso extraordinario federal y ratificó lo actuado en las instancias anteriores.
Cómo ocurrió el femicidio según la investigación: “Si no sos mía, no sos de nadie”
Agustina Fernández fue víctima de un femicidio ocurrido el 2 de julio de 2022 en Cipolletti, Río Negro. Según la investigación, el principal acusado, Pablo Parra, un trabajador petrolero, estaba obsesionado con ella y no aceptó su rechazo. Los fiscales sostienen que Parra creía que Agustina debía ser suya, y esa actitud posesiva fue el motor del crimen.
Ese día, Agustina había recibido a un amigo en su departamento, lo que habría sido el detonante de la violencia. Más tarde, Parra la invitó a su casa bajo el pretexto de cenar juntos. Aprovechó un momento en el que ella quedó sola para regresar por la puerta trasera, golpearla brutalmente y simular un robo. Se llevó objetos personales, incluyendo los celulares y dinero, y desordenó el lugar para encubrir el crimen.
Aunque inicialmente Parra declaró haber encontrado a Agustina herida y negó responsabilidad, con el tiempo las pruebas lo ubicaron como autor del femicidio. Fue arrestado seis meses después tras un giro clave en la investigación, que reveló inconsistencias en su coartada y evidencias de premeditación.