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El nuevo gobierno municipal envió al Concejo Deliberante, el proyecto de modificación de la política tarifaria y fiscal que entrará en vigencia el próximo año, en caso que los ediles lo aprueben.
Entre las novedades, más allá de la actualización tarifaria, el intendente Walter Cortés propone incorporar un régimen simplificado para pequeños contribuyentes de la Tasa de Inspección de Seguridad e Higiene (TISH).
La propuesta incluye a un nuevo universo de contribuyentes, que son los más pequeños de la escala económica. De esa forma se incluiría a monotributistas de todo tipo, profesiones y oficios como jardineros, personal de obra, construcción, maquilladoras, peluqueros, profesionales liberales, como periodistas, asistentes sociales, abogados, ingenieros, arquitectos, contadores, generando con ello, una nueva carga impositiva y afectando el bolsillo de la clase trabajadora e incluso, aquellos que están en sistemas informales. También se incluye a los integrantes de cooperativas de trabajo.
Con esta modificación de la ordenanza, pasarían a pagar TISH todos los monotributistas, más allá que no tengan un espacio destinado a la atención al público, local u oficina, y sin la determinación precisa del servicio que dicha tasa contrapresta. La iniciativa no define tampoco, el hecho imponible ni la base imponible del tributo y solo materializa un cobro compulsivo.
La diferencia entre tasa e impuesto es que la tasa debe corresponderse a la prestación de un servicio que se utiliza. El impuesto, por su parte, es obligatorio y universal y no se vincula a la prestación de un servicio, como actualmente sucede con el impuesto inmobiliario o automotor.
Es decir, la norma que Cortés remitió a tratamiento legislativo tendrá un análisis de tasa (eso es la TISH), pero tiene formato de impuesto.
Incluso, este proyecto rememora a uno muy similar con el que se pretendió avanzar hace unos años en la gestión de Omar Goye. En aquella oportunidad, fue rechazado por seis organizaciones de profesionales matriculados de la ciudad que promovieron demandas de inconstitucionalidad.
En dicha oportunidad, el Superior Tribunal de Justicia dio la razón al Colegio de Abogados y Procuradores locales y declaró la inconstitucional de ocho artículos de las ordenanzas Fiscal y Tarifaria, que impusieron a los profesionales de distintas disciplinas el pago de una “contribución especial” vinculada a la TISH.
En aquel entonces, se había cuestionado el gravamen por “inexistencia de contraprestación” y por “falta de definición del hecho imponible”, entre otras razones. Además, se había advertido por entonces que la pretensión enmascaraba una imposición a profesionales que ya estaban alcanzados por impuestos nacionales y provinciales.
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