A pesar del aumento del 62% en la oferta de propiedades en alquiler tras la derogación de la Ley de Alquileres mediante el DNU del Gobierno, el acceso a nuevos contratos sigue siendo un desafío financiero para los asalariados. Para cerrar un acuerdo de $300.000 mensuales, se requiere un desembolso que promedia en $1.300.000, una significativa inversión necesaria para asegurar la vivienda acordada entre inquilino y propietario.
En la actualidad, los nuevos contratos registran un aumento superior al 200% en comparación con el valor de hace 18 meses. La diferencia con lo que ocurría antes de la derogación de la ley es que ahora aparecieron viviendas en barrios y localidades que tenían oferta nula, como en Agronomía o Mataderos en la ciudad de Buenos Aires, y en localidades como Morón o Lomas de Zamora en el Gran Buenos Aires (GBA).
Daniel Bryn, experto en Real Estate y creador de Monitor Inmobiliario, confirmó a Infobae que día a día se incorporan más propietarios ofreciendo sus inmuebles en alquiler habitacional. “A pesar del crecimiento notorio desde la derogación de la Ley de Alquileres, la principal dificultad persiste en la obtención de garantías para alquilar. Las condiciones, tanto antes como después del DNU, permanecen inalteradas en este aspecto, siendo la principal barrera para acceder a nuevos alquileres, como lo era antes”.
El plazo de duración de contrato, que anteriormente era de 36 meses como máximo, ahora se redujo a 24 meses. Esto implica que los conceptos calculados en base al “monto del contrato”, como la garantía de caución o la comisión de la inmobiliaria en el caso de Provincia, resultan en un monto total menor.
Mariano García Malbrán, presidente de la Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios, señaló: “Supongamos un contrato de $300.000 al mes. Para un alquiler en CABA, el inquilino deberá desembolsar al ingreso no menos de $900.000, este monto abarca el mes de anticipo, el depósito, los honorarios del corredor inmobiliario, el impuesto de sellos, las certificaciones notariales y, en caso de contratar un seguro de caución, se agregarían otros $300.000 o más. Estos valores se consideran para un contrato de dos años”.
En el gráfico siguiente se detalla cuánto dinero se necesita para firmar un nuevo contrato por $300.000 al mes desde que rige el DNU (más abajo se publica el gráfico de cómo era antes con la ley derogada):
El inquilino en CABA no abona comisión inmobiliaria y en la Provincia de Buenos Aires abona el 2% que suman unos 144.000 pesos. El propietario abona lo siguiente:
-Gastos por honorarios en CABA de 4,15% del total del contrato de $300.000 mensuales: debe pagar 298.800 pesos.
-Gastos por honorarios en Provincia: son el 2% de total del valor del contrato, unos 144.000 pesos.
Cambios con la anterior normativa
Expertos destacaron los cambios en las prácticas de depósito en el mercado del alquiler. Con la ley derogada el depósito estaba limitado a un máximo de 1 mes por todo el contrato, pero en la actualidad, no existen límites mínimos ni máximos, y la tendencia indica que en lugar de ser 1 mes de contrato, se está adoptando la práctica de solicitar 2 meses.
“Esto se debe a que es un monto en pesos que no tiene ninguna actualización, y si hoy colocas un depósito de $300.000, dentro de 2 años, esa cantidad no te permitirá ni siquiera pintar una pared”, añadió Bryn.
En cuanto a los gastos para el propietario, se mantiene la estabilidad antes y después del DNU. Las condiciones financieras para quienes ofrecen sus propiedades en alquiler permanecen inalteradas, sin variaciones en los costos asociados a su responsabilidad.
Con los nuevos contratos, surgió la oportunidad para que los inquilinos discutan el valor del alquiler, así como el plazo de actualización y el índice a utilizar.
Según García Malbrán, “los propietarios recuperan cierta seguridad perdida con leyes anteriores, al tener la capacidad de establecer plazos de contratos y actualizaciones basadas en sus necesidades, seleccionar índices que no comprometan la rentabilidad frente a la inflación, y, contar con la posibilidad contractual de rescindir el acuerdo con motivos fundados previstos en el contrato de alquiler”.
En el caso de contratar un seguro de caución los proveedores de este servicio suelen otorgar planes de pagos con tarjeta o en cuotas. En promedio, los seguros de caución representan el costo total de un mes de alquiler por cada año caucionado. Las empresas de garantías ofrecen tarifas más accesibles, aproximadamente al 70% de un alquiler por cada año garantizado
Bryn proporcionó un ejemplo ilustrativo: “Para un departamento de $300.000, el cálculo actual para los seguros de caución es de aproximadamente $360.000, superando ligeramente el equivalente a 1 mes de alquiler”.
¿Y si son en dólares?
No hay alteraciones en el inicio del contrato, solo que ahora el pago se realiza en dólares billete. Este monto permanecerá invariable a lo largo del contrato, pero el inquilino deberá adquirir los dólares necesarios para cumplir con el pago mensual, sin certeza sobre la futura cotización de esta divisa.
La principal barrera en los contratos de largo plazo en dólares es la reticencia de los inquilinos a asumir deudas en una moneda extranjera, susceptible a grandes fluctuaciones en relación con el peso argentino.
García Malbrán concluyó: “También constituye un obstáculo la frecuencia de la actualización del valor del alquiler, ya que en muchos casos los salarios no se incrementarán al mismo ritmo. En los contratos en dólares, el principal cambio radica en la ausencia de actualizaciones o incrementos en dicha moneda. Contractualmente, no hay mayores diferencias en el texto del contrato, excepto en el capítulo de la actualización y el monto del depósito, que también se establecerá en dólares”.
Mediante la Resolución 274/2024 de la Secretaría de Comercio que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno derogó los reglamentos técnicos de bicicletas y de cámaras y cubiertas para favorecer la importación y generar más competencia en el mercado interno.
“Las bicicletas en Argentina son las segundas más caras en una comparativa con nueve países con PBI per cápita medio-alto”, indicaron desde la secretaría que conduce Pablo Levigne.
Según argumentaron desde la secretaría, “hasta ahora, para importar bicicletas las empresas debían enviar al exterior a un certificador autorizado a la planta de origen una vez por año”.
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“También debían importar una muestra para ensayar en un laboratorio argentino, lo que implicaba altos costos y demoras innecesarias. Los fabricantes locales también debían ensayar en planta y el producto”, añadió.
“Estas trabas burocráticas, eliminadas por la Resolución 274/2024, funcionaban como barreras a la libre competencia y produjeron que las bicicletas sean más costosas en Argentina que en el mercado internacional”, afirmó la secretaría.
Qué lugar del ranking de precios ocupan las bicicletas argentinas entre 9 países del mundo
En una comparativa con nueve países, entre los que incluyeron a Inglaterra, España, México, Uruguay, Estados Unidos, Francia, Brasil y Chile, la Argentina es el segundo país con bicicletas más caras.
Por ejemplo, el modelo Mountain Bike rodado 29 cuesta en Argentina $549.000 mientras que, en Francia, $261.485 y en Estados Unidos, $244.333, al hacer la conversión a pesos argentinos.
Del grupo de 37 países de América Latina y el Caribe, Argentina es el cuarto país que importa menos bicicletas por persona. En los últimos años – en promedio -la cantidad de bicicletas importadas ha oscilado cerca del 10% del consumo total.
Por otra parte, se aclaró que “la responsabilidad sobre la calidad y seguridad de los productos es de los comercializadores, de acuerdo a lo que estipula la Ley de Defensa del Consumidor, que resguarda los derechos de los compradores”.
También se eliminó la normativa de las cámaras y cubiertas de bicicletas, que tenían un control extremo que aumentaba su costo, según se informó.
Entre otros items, debía certificarse la planta en origen y/ o el ensayo sobre productos mediante el envío de muestras.
En estos casos, los reglamentos técnicos, que establecen requisitos obligatorios a algunos productos, funcionaban como barreras al comercio y por eso han sido derogados, estimaron desde la cartera que conduce Levigne.
Osvaldo Giordano aseguró que con la ratificación del veto a la ley de movilidad jubilatoria “se evita un 7% de aumento, pero se queda con el problema de los juicios” a futuro.
“El proyecto de ley no resuelve ni aspira a resolver los problemas del sistema previsional, sino a suplir una deficiencia del decreto de necesidad y urgencia actualmente vigente”, explicó el presidente de la Fundación Mediterránea.
“Tiene tres entes que implican impacto sobre los haberes, pero hay uno que es el más importante que es que corrige una de las deficiencias del DNU, que es que en enero no reconoce plenamente la inflación sino parte de la inflación”, agregó en declaraciones a Cadena 3.
“Para reconocerla plenamente contempla un aumento que equivale al 7,2%, que sería un aumento para todas las jubilaciones que debería darse a los fines de corregir ese bache del DNU”, prosiguió Giordano.
“Eso implica un costo, obviamente, pero tal como lo planteamos en un informe que preparamos con la Fundación Mediterránea entendemos que existen mecanismos por los cuales el Gobierno podría compensarlo”, aclaró.
Bono
“Uno de ellos es el bono que actualmente se les paga a los jubilados, que lo fija discrecionalmente el Poder Ejecutivo a través de decreto. Esos 70 mil pesos que se vienen pagando ya hace varios meses, que se paga de manera indiscriminada a todos los haberes más bajos. Si se seleccionara mejor a quienes se lo paga, se podría compensar y por lo tanto no tener efectos sobre las cuentas públicas”, analizó Giordano.
“El bono ese equivale aproximadamente al 14% de la totalidad del gasto, el doble de lo que costaría aplicar la ley y corregir esta deficiencia del DNU”, enfatizó.
“Creo que lo más simple es un aumento del 7,2% para todos y que se compara con el 14% que cuesta el bono”, propuso el economista.
“Estaba a disposición del Ejecutivo una herramienta que hubiese permitido compensar el costo y eso lo llevaría a un escenario mucho mejor que el que queda: un DNU que es muy precario desde el punto de vista jurídico porque la Constitución establece que la movilidad la tiene que fijar una ley. Que además tiene debilidad porque empalma mal una ley con la otra, esto de que no reconoce plenamente la jubilación de enero y por lo tanto un terreno propicio para la litigiosidad”, advirtió.
“En función del veto va a quedar abierto ese problema, que naturalmente significa más gasto a futuro, no puedo dar un número de cuánto, pero seguramente un gasto importante. Hoy se evita este 7% de aumento, pero se queda con un problema que son los juicios”, concluyó Giordano.
Los resultados reflejan la opinión de 250 empresarios, de los cuales el 33% son accionistas/socios/propietarios, más del 26% directores y gerentes, un 13% Presidente/ Ceos de empresas medianas y grandes de diversos rubros: más del 32% de servicios, 15% de agronegocios, un 8,7% de manufactura/industria, de tecnología, de Real Estate/ Construcción y Banca y Seguros, además de Turismo, Retail, entre otros.
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Más del 65% de los empresarios aprueba la iniciativa del blanqueo. Mientras cerca del 22% desconfía y expresa una mirada negativa, sólo el 13% no sabe/no contesta.
Sin embargo, la decisión de adherirse al blanqueo se divide casi en partes iguales. El 43% afirma que se sumará a la propuesta, mientras el 40% rechaza la posibilidad de adherirse. Aún un 17% no lo ha definido.
Por otro lado, frente al punto de vista sobre las condiciones propuestas en este régimen de blanqueo, el 50% manifiesta estar de acuerdo, solo un 13% expresa que no, y un poco más del 28% pone en duda varias de las condiciones expresadas.
El blanqueo, falto de información
En tanto, cerca del 80% de los encuestados considera que podría estar mejor informada y ejecutada la comunicación del gobierno hacia el contribuyente sobre la instrumentación y plazos vigente del régimen de blanqueo.
Las opiniones también hacen foco a la desconfianza e intranquilidad, consecuencia de promesas incumplidas y modificaciones inesperadas en propuestas de blanqueos anteriores.
Con más del 65% la confianza en la estabilidad jurídica y fiscal es considerada uno de los factores fundamentales para que los contribuyentes se adhieran al blanqueo. Luego con un 35% continua la necesitan de contar con mayor transparencia y claridad en la normativa, mayores plazos exigen un 15% y mayores incentivos más de un 10%. También los encuestados mencionan en un 10% “otros” como mayor rigidez, necesidad de adhesión provincial y mayor avance en disminución en la carga fiscal.
Frente a la consulta del impacto que tendrá sobre la economía del país, la mirada es un poco alentadora. Más del 56,5% apuesta a que el impacto será positivo para la Argentina, el 30,5% tiene una mirada negativa y el 13% restante no sabe/no contenta.
Frente a la reglamentación del blanqueo, consultamos a los empresarios cómo se informan al respecto.
El 56,5% de los casos manifestó conocer sobre las condiciones y requisitos del blanqueo a través de sus contadores/consultoras asesoras, el 32,6% a través de los medios de comunicación, cerca del 24% en internet, alrededor del 20% asisten a eventos y se informan a través de videos y contenido de las redes sociales. Apenas un 4% declara no estar informado.