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Policiales y Judiciales

Declaran de interés comunitario, social y científico el Laboratorio Regional de Genética Forense

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El acto fue encabezado por el Procurador General Jorge Crespo, titular del organismo del cual depende este centro de análisis de alta complejidad único en la Patagonia. Estuvieron junto a él, el intendente de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Gustavo Genusso y los legisladores Claudia Contreras, autora del proyecto, sancionado en octubre de este año, Lucas Pica y Julia Fernández además de la titular del organismo Silvia Vannelli Rey y el equipo de trabajo.

En sus palabras iniciales Crespo agradeció al Parlamento rionegrino el reconocimiento, que hizo extensivo al equipo de trabajo de este organismo encargado de realizar pericias genéticas qe permiten el establecimiento de vínculos biológicos, la identificación cadavérica y de vestigios biológicos, entre muchas otras. Además recordó que fue en la gestión al frente de la Procuración General de la actual presidenta del STJ, Liliana Piccinini, cuando se definió que el mismo, creado por el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores de la República Argentina estuviera ubicado en la ciudad andina.

 “El laboratorio siempre ha dado buenos resultados y los rionegrinos tenemos que sentirnos orgullosos de su existencia”, destacó y agregó que funciona gracias a un “equipo de mujeres que todos los días, pese a todos los inconvenientes que fuimos teniendo en el tiempo hasta poder mejorar las instalaciones, pusieron el cuerpo y la mente para que pudiera dar los resultados y hoy pueda ser reconocido”.

“Bariloche y la provincia de Río Negro deben sentirse orgullosas de este laboratorio único en el país”, expresó quien además tiene directa injerencia en su gestionamiento a partir de la presidencia que detenta en el Consejo Federal de Política Criminal.

La declaración de Interés provincial N° 249/23 plantea entre sus fundamentos que “una de las ramas de la ciencia que ha sido poco reconocida hasta el momento es la genética forense” y en este sentido destaca “la labor llevada adelante por este Laboratorio Regional de Genética Forense que desempeña un rol fundamental en toda la Patagonia Norte”.

La legisladora Claudia Contreras, una de las autoras de esta Declaración también hizo uso de la palabra enfatizando en el reconocimiento al equipo de mujeres. Vannelli Rey, además destacó los estrictos controles de calidad que, cada año, superan con excelencia para garantizar su labor.

 El laboratorio en números

Durante el 2022, el Laboratorio Regional de Genética Forense realizó pericias en un total de 553 causas analizándose en ese marco 2798 muestras. De estas 363 se realizaron para legajos del Poder Judicial rionegrino contándose más de 280 estudios para casos de familia y civiles y 83 en el contexto de investigaciones penales. Ello generó el procesamiento de 1630 muestras aproximadamente.

Además intervino en tres identificaciones cadavéricas requeridas por la Justicia Federal, una de ellas – a modo de ejemplo- fue para determinar quien piloteaba el helicóptero que estaba colaborando en los incendios de Aluminé, que sufrió una caída e incendio posterior. En tanto, a pedido de Neuquén y Chubut se realizaron más de 200 pericias

Dice el texto declarativo que “la genética forense permite proporcionar pruebas objetivas para una gran variedad de pericias asociadas, en especial para causas del sistema de justicia penal, siendo esto de vital importancia para investigar los fallecimientos en crímenes y delitos contra la integridad sexual”.

Agrega también que esta disciplina científica está “en constante evolución la cual ha estado ligada, como otras, a la revolución tecnológica de las últimas décadas, consolidándose como una herramienta fundamental para dar respuesta a los retos que se plantean desde el ámbito judicial”.

La creación del laboratorio y su equipamiento inicial data del año 2011 a través del proyecto del Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores de la República Argentina y del Consejo de Política Criminal que trabajó para equipar en forma similar los cinco laboratorios de este tipo que existen en el territorio nacional asegurando, desde el punto tecnológico, iguales estándares de calidad.

El Laboratorio utiliza tecnologías y metodologías de análisis que son empleadas a nivel internacional. En este sentido, para evaluar su performance, se somete a dos Controles de Calidad uno Nacional y otro Internacional desde el año 2012, pasando todos ellos de forma muy satisfactoria.

 

Locales

Pena en suspenso para violento barilochense que asedió y agredió reiteradamente a su expareja

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El juez Gregor Joos condenó a un sujeto a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso y lo obligó a respetar pautas de conducta para mantener la condicionalidad de la condena. Había asediado y golpeado reiteradamente a su expareja, pese a que tenía una restricción de contacto y acercamiento dispuesta por la justicia.

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En la sentencia publicada por el Poder Judicial en su página web, el hombre fue identificado con las iniciales R.M.F, un empleado municipal de 34 años. Accedió a un acuerdo plano de juicio abreviado en el que trabajaron el fiscal Gerardo Miranda y la defensora oficial Blanca Alderete.

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Así el acusado admitió su responsabilidad por todos los hechos que le atribuyeron y resultó condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso, período durante el cual deberá además respetar una serie de pautas de conducta para evitar ir a prisión. Al momento mismo del dictado de la sentencia, se levantó la prisión preventiva que pesaba sobre él, recuperando su libertad en el acto.

En el primero de los legajos judiciales que tenía en trámite, le atribuyeron un hecho ocurrido en abril de 2021, en el interior de un domicilio que compartía con la víctima, que se encontraba cursando el último mes de un embarazo. Allí la agredió, intentó pegarle con un palo y ante la intervención de su hijo de 9 años también arremetió contra el pequeño, provocando que se golpeara contra un mueble.

También le atribuyeron un hecho ocurrido en junio de 2023, cuando envió mensajes de texto a su expareja insultándola y violando así la prohibición de acercamiento y contacto que le había impuesto el Juzgado de Familia N° 7.

Apenas unos días después, en el mismo mes de junio de 2023, se hizo presente en el domicilio de la víctima, y entre insultos advirtió: “Me las vas a pagar, te voy a hacer la vida imposible”, y un par de días después le envió mensajes a través de redes sociales con amenazas e insultos.

El quinto hecho que le atribuyeron también ocurrió en junio de 2023, ocasión en la que se presentó nuevamente en el domicilio de la víctima, transgrediendo nuevamente la prohibición de acercamiento y contacto, para manifestar insultos y amenazas.

Ya en el mes de julio de ese año, le atribuyeron un sexto hecho en el que ingresó al domicilio de la mujer, hurtó un teléfono celular y luego se retiró del domicilio.

El séptimo hecho atribuido ocurrió en febrero de 2024, ocasión en la que se presentó en el domicilio de su expareja y madre de sus cuatro hijos, ocasión en la que golpeó a la mujer.

En junio de 2024, ocurrió el octavo hecho que le atribuyeron, cuando otra vez visitó el domicilio de la mujer, circunstancia en la que le propinó un golpe, la empujó y le causó lesiones, violando la mencionada restricción dispuesta por la Justicia de Familia y otra que había dispuesto el juez de Garantías, Ricardo Calcagno, en el marco de uno de los expedientes que se tramitaban en sede Penal.

Para el fiscal Miranda, todos los hechos ocurrieron en un contexto de violencia de género toda vez el acusado había mantenido una relación de pareja con la mujer, fruto de la cual tuvieron cuatro hijos en común, y en la que abundaron las situaciones de violencia por parte del acusado, colocando a la mujer en una situación de extrema vulnerabilidad y relación asimétrica de poder.

En definitiva, el sujeto fue acusado por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo; desobediencia (cuatro hechos); hurto y lesiones leves agravadas por mediar violencia de género y desobediencia -dos hechos.

Como parte del acuerdo de juicio abreviado que el acusado aceptó y motivó que aceptara cada uno de los hechos que le atribuyeron, resultó condenado a la pena de 2 años y 6 meses de prisión de ejecución condicional, con el cumplimiento por igual plazo de pautas de conducta de rigor y la obligación de realizar el curso de Nuevas Masculinidades y someterse a un tratamiento psicológico referido a la dominación de impulsos y a su padecimiento de adicciones.

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Locales

Un hombre murió al caer de una escalera mientras podaba un árbol

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miércoles 11 de septiembre de 2024

En un trágico accidente ocurrido en el barrio Ñireco, un hombre de 65 años falleció al caer mientras cortaba un árbol en el patio trasero de su vivienda.

El hecho sucedió en la calle Don Bosco al 200, cuando el hombre, identificado como Esteban Morán, perdió el equilibrio y cayó desde una escalera cerca del arroyo Ñireco.

Según las primeras versiones, el accidente ocurrió mientras Morán intentaba podar un árbol. El deceso se produjo alrededor de las 15:30 horas.

En cuanto a las causas, se especula que perdió la conciencia tras el fuerte impacto contra el piso. Personal de la Comisaría Segunda y efectivos de la subcomisaría 80° acudieron rápidamente al lugar para realizar las tareas correspondientes.

 Personal judicial realizó las pericias necesarias para determinar los detalles precisos del accidente.

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Locales

Línea área deberá indemnizar a pasajera de Bariloche: le suspendieron el viaje

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El viaje fue suspendido por la emergencia sanitaria, pero nunca la empresa realizó el reemplazo de los boletos. Solamente propuso la entrega de un vale /voucher. La clienta realizó todas las diligencias previas a la vía judicial sin obtener respuestas.

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Un juzgado en lo Civil de Bariloche, acogió la demanda y ordenó a FB Líneas Aéreas S. A. a cumplir con el contrato. Además se ordenó resarcir el daño patrimonial y moral ocasionado.

La demanda fue resuelta en el marco de la ley de Defensa del Consumidor. Se analizaron todas las diligencias realizadas y el cumplimiento o no de la empresa respecto de las obligaciones asumidas y las consecuencias dañosas que este accionar pudiera acarrear.

De las diligencias realizadas de manera previa a la demanda judicial, se ha valorado que la demandante solicitó a la empresa el cambio de los boletos o la devolución del dinero. También solicitó pasajes al mismo destino para cuando existiera esa posibilidad, o la devolución directa del dinero abonado.

Frente a ello, la demandada solo ofreció un vale o voucher por el valor del pasaje abonado para utilizar en la compra de nuevos pasajes. En este sentido el fallo consideró que “tal ofrecimiento, que no fue aceptado por la pasajera, no tiene ningún sustento jurídico, ya que no hay ninguna normativa que avale la postura asumida por la empresa demandada”. Es decir que habiéndose abonado la totalidad del monto de los pasajes, es la empresa quien debía cumplir con la obligación que estaba a su cargo, que era realizar el transporte correspondiente.

Ello colocó a la consumidora en una situación desventajosa, al verse impedida de adquirir nuevos pasajes, una vez finalizada la pandemia, con el mismo monto del vale que se le ofrecía.

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