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Policiales y Judiciales

Denunció que tres gitanos la tuvieron de esclava sexual y laboral: juzgaron a uno solo y lo absolvieron

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La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la absolución de Carlos Traico, acusado de trata de personas con fines de explotación laboral, en un fallo que generó críticas a la investigación fiscal. La causa incluía denuncias de la víctima sobre abusos y violencia en varias ciudades patagónicas, incluida Bariloche.

La mujer aseguró haber estado en San Carlos de Bariloche. (Imagen ilustrativa)

La Sala 4 de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso intentado por la fiscalía y confirmó la absolución que había dictado el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia contra un hombre que fue enjuiciado bajo el cargo de trata de personas agravada con fines de explotación laboral, más allá de que la víctima había denunciado otros tormentos aún más graves.

En el fallo puede leerse fuertes críticas actuales y ya viejas a la investigación desplegada por el Ministerio Público Fiscal de Comodoro Rivadavia, aunque está clara la complejudad de la causa, teniendo en cuenta que entre otras ciudades, la víctima dijo haber estado en Bariloche.

Los jueces Diego Barroetaveña y Javier Carbajo rechazaron el recurso de casación intentado por la fiscalía para revocar la absolución de Carlos Traico, tras un juicio desarrollado en Comodoro Rivadavia en el que el sujeto resultó absuelto por el delito señalado. Gustavo Hornos, tercer integrante del tribunal, había votado por mandar el expediente de nuevo al tribunal de juicio, para que analice las pruebas rendidas en juicio de manera correcta y dicte una nueva sentencia ajustada a las mismas.

La víctima había denunciado que fue obligada a casarse a los 14 años y tras serios padecimientos de episodios violentos, con cinco hijos menores, decidió alejarse. Fue allí que conoció a un sujeto conocido como “Qechu” Traico, quien la invitó a trasladarse de Tierra del Fuego a El Bolsón para comprarle un vehículo, pero todo terminó en un circuito de violencia, consumo de estupefacientes y prostitución.

Aseguró que luego conoció a Sandro Traico, hermano del primero, quien la llevó a Puerto Madryn, en donde finalmente conoció a un tercer hermano, Carlos Traico, el imputado en la causa, pero únicamente por explotación laboral.

Aseguró que durante todo ese tiempo era golpeada, obligada a mendigar día y noche en las calles de distintas localidades patagónicas por las que viajaron, siendo obligada a mantener encuentros sexuales con otros miembros de la comunidad gitana y sumergida en el consumo problemático de estupefacientes. Además, había dicho la víctima que Carlos Traico nunca la dejaba sola y cuando lo hacía, era para drogarse o ir al casino a jugarse la plata que había obtenido prostituyéndola. El periplo se extendió por localidades como Puerto Madryn, Zapala, Bariloche, El Bolsón, Rawson, Cutral Co, entre otras.

Pero pese a la gravedad de la denuncia a Carlos Traico solo lo juzgaron por trata de persona con fines de explotación laboral y encima resultó absuelto y el fallo ahora confirmado. Los dos jueces que votaron por la confirmación de esa resolución sostuvieron que “no ha podido demostrarse, con el grado de certeza que requiere esta etapa procesal, que el acusado haya sometido a la víctima obligándola a mendigar, quedándose con el dinero que ella obtenía y ejerciendo un dominio sobre su voluntad”.

En cambio, el juez Hornos planteó que el “fallo impugnado por el representante del Ministerio Público Fiscal no satisface el requisito de motivación” y por consiguiente correspondía revocarlo. Sostuvo que Carlos Traico se aprovechó de la extrema vulnerabilidad que sufría la víctima que puso fin a sus tormentos escapando en un colectivo a Río Gallegos, no sin antes tener que sortear un último intento desesperado de Traico por retenerla.