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hace 3 semanasel
Una decisión que va a cambiar la vida de la menor.
Un fallo que resuelve una situación familiar compleja en nuestra ciudad.
Un hombre que se negó a realizarse una prueba de ADN fue declarado progenitor de una niña por una jueza de Bariloche, en un fallo que destacó la importancia del derecho a la identidad. A pesar de haber sido notificado en varias oportunidades, el demandado no respondió ni asistó a las audiencias.
La madre de la niña había iniciado el proceso en representación de su hija para solicitar el reconocimiento de filiación de M.N.V.A. Sin embargo, el demandado evitó comparecer en todas las instancias y tampoco acudió a los turnos asignados para la extracción de muestras genéticas. Frente a esta actitud, la jueza decidió priorizar el derecho a la identidad de la menor, un principio protegido por la Constitución Nacional y tratados internacionales de derechos humanos.
La jueza basó su decisión en el artículo 579 del Código Civil y Comercial, que permite considerar la negativa injustificada a realizarse una prueba de ADN como un indicio en contra del demandado. En su fallo, consideró que la ausencia del hombre para desvirtuar la paternidad atribuida constituía un “indicio grave”, suficiente para dar por probados los hechos reclamados.
El derecho a la identidad ocupó un lugar central en la sentencia. Este derecho, que incluye el conocimiento de la ascendencia biológica, es la base de otros derechos fundamentales y está garantizado por la Constitución Nacional y la Convención sobre los Derechos del Niño. Según la magistrada, la actitud del demandado no solo vulneró este derecho, sino que también afectó la posibilidad de que la niña accediera a información esencial sobre su origen.
El fallo enfatizó que el interés superior del niño debe prevalecer frente a otros derechos. La jueza concluyó que la falta de colaboración del demandado era incompatible con la protección del derecho de la menor. Por ello, dispuso inscribir la filiación en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas. Sin embargo, se aclaró que no se modificarían ni el nombre ni el apellido de la niña.
Este caso subraya la importancia de garantizar el derecho a la identidad y el rol clave de la justicia en la protección de los derechos de los menores.
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