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La normativa establece que “las funciones de coordinación y ejecución técnica de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos de participación público-privada, que se encuentran en el ámbito del Ministerio de Economía”.
Se trata de los organismos que devinieron en secretarías tras el inicio de la gestión del presidente Javier Milei, puesto que durante el mandato de Alberto Fernández tenían carácter de ministerio.
En ese sentido, la resolución precisa que estas secretarías y subsecretarías ejercerán “las facultades para adjudicar las contrataciones enmarcadas en los procesos licitatorios, para suscribir los contratos y/o las modificaciones respectivas, así como también para dictar los actos pertinentes para la ejecución técnica, que sean necesarias para la ejecución de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional, cada una en el ámbito de sus competencias”.
A su vez, le otorgaron “la facultad para suscribir convenios con las provincias, municipios y/u otras entidades y organismos, que sean necesarios para la ejecución de los programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional, cada una en el ámbito de sus competencias”.
Estas secretarías serán las que deleguen en sus respectivas subsecretarías las facultades que determinen necesarias para la correcta y eficiente ejecución de los programas y proyectos que estén bajo su jurisdicción.
“La Subsecretaría de Gestión Administrativa de Infraestructura dependiente de la Secretaría Legal y Administrativa de este Ministerio, dispondrá de la facultad para aprobar, en el ámbito de las áreas vinculadas al desarrollo territorial, hábitat, vivienda, obras públicas y transporte, las contrataciones de servicios de consultoría individual financiadas en el marco de programas y proyectos con financiamiento externo multilateral, bilateral o regional”, fija la normativa.
En el considerando, el Ministerio de Economía alega que tomó esta decisión “a los fines de garantizar la vigencia de los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites”, por lo que “se considera conveniente que dichas Secretarías y Subsecretarías ejerzan las facultades para adjudicar las contrataciones enmarcadas en los procesos licitatorios, así como para suscribir los contratos y/o las modificaciones que sean necesarias para la ejecución de los aludidos programas y proyectos”.
A través de los anexos de la resolución, Economía señaló los proyectos en los que cada secretaría y su respectiva subsecretaría pueden intervenir.
Paseo del Bajo, con financiamiento del Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF); Programa de Infraestructura Sanitaria; Programa de Inversiones Municipales, BID; Programa de Infraestructura Universitaria II “Fase B”; Programa de Infraestructura Universitaria “Fase IV”; Programa de Desarrollo de Infraestructura Municipal – Etapa I; – Programa de Fortalecimiento de Infraestructura en Salud para Unidades Penitenciarias y Unidades Sanitarias de Fronteras, con financiamiento del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE); Programa de Apoyo a la Infraestructura Comunitaria en Barrios Populares en la Emergencia Socio–Sanitaria; y el Programa de Fortalecimiento de las Acciones de Protección contra las Violencias por Motivos de Género. Lo mismo sucede con los demás organismos.
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