El gobierno oficializó en la Resolución 2024-267 su decisión de que las provincias y los municipios no puedan sumar impuestos y tasas a las facturas de servicios de luz y gas, una medida que venía generando una guerra entre nación y provincias y que el propio ministro de Economía Luis Caputo venía librando, aunque no fue el único representante del gobierno que puso el grito en el cielo por la práctica desarrollada por intendentes y gobernadores.
“Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”, aseguró ayer Caputo en un mensaje en su cuenta de X.
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Desde agosto, comenzaron los reclamos de diversas cámaras empresariales por los aumentos de las tasas municipales, que vienen incluidas en las boletas de los servicios públicos.
El vicepresidente de Cadam, la cámara que reúne a los comercios mayoristas, Armando Farina, advirtió que en el último tiempo Lanús subió la tasa de seguridad e higiene del 2,36% al 6%, al igual que Quilmes, mientras que otras localidades lo están evaluando.
“Malvinas Argentinas cobra un 1,2%, cuando era el 0,6%, y encima lo hizo retroactivo a enero pasado. Pero no se trata solo de la suba, sino que esto lo pagan el mayorista y el minorista e impacta en los precios”, explicó Farina.
Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), advirtieron que “La Nación va haciendo una reducción de impuestos, pero, a nivel local, lamentablemente, se van fortaleciendo las tasas municipales y a los vecinos se les va encareciendo la producción y haciendo más gravoso mantener las empresas”.
Qué dice la resolución que prohíbe a provincias y municipios sumar tasas a los servicios esenciales
La Resolución publicada en el Boletín Oficial indica que el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias de Defensa del Consumidor y normas reglamentarias.
Asimismo, la Secretaría de Comercio informó que la medida entra en vigencia este mismo 11 de septiembre, a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y tiene un plazo de adecuación de treinta días.
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De esta manera, la secretaría a cargo de Pablo Lavigne informó que “se evitará la inclusión de cargos que no corresponden a un servicio y que vulneren la libertad de elección de los consumidores forzándolos a pagar montos adicionales al momento de abonar las tarifas”.
Según señalaron oficialmente, “estas prácticas, que se han tornado sistemáticas en municipios de la provincia de Buenos Aires y en distintas localidades y provincias del país, constituyen un incumplimiento a la Ley de Defensa del Consumidor, la cual establece que las empresas proveedoras están obligadas a proporcionar al consumidor de forma cierta, clara y detallada las condiciones de contratación del servicio”, detallaron.
En los considerandos de la resolución se explica que, con esta medida, “el Gobierno impedirá que se cobren conceptos ajenos a lo contratado por el consumidor dentro de la documentación comercial emitida por el suministro de bienes y servicios. Esta práctica representaba no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores, sino que implicaba también una clara violación a la libertad de elección del consumidor”.
Finalmente alegaron que “la medida se enmarca dentro de los objetivos de transparencia y simplificación del Gobierno”.
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