Connect with us

Policiales y Judiciales

La Justicia ratificó la condena al cirujano Aníbal Lotocki de ocho años de prisión

Publicada

el

Deprecated: str_contains(): Passing null to parameter #1 ($haystack) of type string is deprecated in /var/www/html/wp-includes/shortcodes.php on line 246



El médico se encuentra detenido con prisión preventiva en el Complejo Penitenciario Federal N°1 de Ezeiza.

La Justicia ha ratificado la condena a ochos años de prisión contra el cirujano Aníbal Lotocki. Este veredicto llega en respuesta a un complejo caso que involucra delitos de estafa y lesiones agravados en perjuicio de las figuras públicas como Pamela Sosa, Silvina Luna, Gabriela Trenchi y Estefanía Xipolitakis. La condena, que recibió el aval de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, subrayó la culpabilidad de Lotocki, quien actualmente cumple detención preventiva en el Complejo Penitenciario Federal N°1 de Ezeiza, también por su involucramiento en la muerte de Rodolfo Christian Zárate.

El origen de este veredicto se remonta al 28 de febrero de 2022, cuando el Tribunal Oral en lo Criminal N°28 dictó un primer fallo que sentenciaba a Lotocki a cuatro años de prisión, centrado únicamente en las acusaciones de lesiones. Sin embargo, las víctimas las intervenciones quirúrgicas, evidentemente delitos recurrían al uso indebido del polimetilmetacrilato (PMMA), substancia prohibida que fue también aplicada en las intervenciones plásticas a las damnificadas.

Recientemente, en noviembre de 2023, el espectro del caso dio un giro significativo cuando la misma Sala II amplió el castigo a ocho años de prisión, luego de esclarecer que asimismo, el cirujano había perpetrado el delito de estafa. La decisión judicial también dobló el período de inhabilitación privada para ejercer medicina de cinco a diez años. “Lo dictado enfatiza un relevante incumplimiento de los deberes propios del rol de médico”, menciona el Tribunal, acusando que información vital fue innecesariamente omitida a los pacientes concernientes a las substancias utilizadaas.

La historia de Trenchi, ejemplo palpable de atropello, sirvió como clave en la argurmentación. Según lo expresado por las autoridades, pese a la explícita solicitud de la paciente de no recibir PMMA, Lotocki llevó a cabo otro procedimiento por el que había cobrado.

Ante semejantes hallazgos, la defensa del médico elevño una solicitud para revisar la resolución amparados en un calificativo de “desproporcionada”. Los letrados apelaron en especial que la atribución de estafa a su cliente debe ser reconsiderada, dado que en un veredicto previo ya había sido librado de mentada acusación. No obstante, los magistrados Sarrabayrouse y Días, fueron claros al rechazar estas objeciones. La condena se mantuvo firme argumentando que, “la sanción previa de cuatro años ha dejado de existir, sumando todos los delitos, incluyendo la estafa, resultando en sanción implacable de ochas años de cárcel”.