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Policiales y Judiciales

Le asestaron seis puñaladas por la espalda: no respondió a las citaciones y sobreseyeron al agresor

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Lucas Julián Valle había sido imputado por un hecho ocurrido el 4 de febrero de este año, cuando le asestó seis puñaladas por la espalda a Federico Millalonco, que le provocaron múltiples heridas que motivaron una intervención quirúrgica de emergencia para poder contener las hemorragias. El caso se había encuadrado en la figura de lesiones graves.

No obstante lo anterior, la fiscalía narró en audiencia que avanzaron con la investigación y procuraron reiteradamente obtener el relato de la víctima mediante citaciones directas e inclusive a través del contacto con familiares directos, pero no lograron dar con el mismo. 

Ante su incomparecencia a la Fiscalía, “no se pudo indagar acerca de aspectos relevantes para la acusación, tales como el contexto en que ocurrió el hecho, qué fue lo que motivó la agresión o quién inició la misma”, explicó el fiscal Francisco Arrien.

Con esa argumentación, el fiscal explicó que a pesar de existir algunos elementos que permitieron presentar la acusación, lo cierto es que no son suficientes para poder avanzar con la causa a juicio, ante el desinterés de la víctima y la imposibilidad de entrevistarlo”. En consecuencia impulsó el sobreseimiento del imputado.

El juez Marcelo Álvarez Melinger analizó que la fiscalía motivó de modo suficiente las razones por las cuales decidió instar el sobreseimiento de Valle en este caso, disponiendo libremente del ejercicio de la acción pública. Agregó que “la parte acusadora cumplió con su deber de objetividad y que la solución a la que ha arribado en el caso es ajustada a derecho, razón por la cual corresponde hacer lugar a lo solicitado”.

Agregó que “más allá de que se trata de un hecho grave, la evaluación realizada por la Fiscalía es que no se encuentra en condiciones de llevar este caso a juicio, por no contar certezas sobre la posición del denunciante y víctima en autos, Federico Millalonco. Ello, toda vez que ha intentado citarlo en cinco oportunidades y el mismo no se ha hecho presente, considerando entonces la Fiscalía que existe un cierto desinterés por parte del mismo. Esto forma parte del ámbito de decisión de política criminal del Ministerio Público Fiscal y más allá del control de legalidad que se realiza en este acto, es aquel organismo quien decide que no se dan los extremos para poder sostener la acusación”.

Locales

Sobreseyeron a un docente acusado de pincharle las ruedas a una colega en un colegio de Bariloche

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La fiscalía había intentado reprocharle el delito de daño a un docente del CET 28, pero la acusación no superó ni siquiera el estandar probatorio requerido para la etapa inicial de formulación de cargos y fue desestimada. Ahora se dictó el sobreseimiento definitivo.

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El hecho denunciado ocurrió el 7 de noviembre de 2023, en el estacionamiento ubicado frente al Centro de Educación Técnica 28 del barrio El Frutillar. De acuerdo a la atribuición inicial de la fiscalía, que como se dijo ni siquiera fue admitida en etapa de formulación de cargos, el docente involucrado habría utilizado un elemento cortopunzante para dañar dos neumáticos de un vehículo marca Chevrtolet Corsa que pertenecía a otra docente del establecimiento.

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Pero ocurrió que en la audiencia de formulación de cargos el juez de Garantías Juan Pablo Laurence rechazó la presentación fiscal y no habilitó la etapa formal de la investigación, apuntando que frente al modesto caudal de evidencia (de fácil recolección en relación a otros casos complejos) que exige el tipo penal de daño, no se podía avanzar en la etapa.

En consecuencia, sin haber sufrido modificaciones el plexo probatorio del legajo, la defensa a cargo del abogado particular Raúl Ochoa se presentó solicitando el sobreseimiento del acusado, posición a la que no se opuso la fiscalía.

En consecuencia el magistrado analizó que “no se contó con evidencia de calidad para formular cargos y avanzar en esa etapa, ya que si bien los dichos de la denunciante son contundentes respecto de los hechos, no se pudo respaldar con la información colectada la posible autoría de Vanore Vigo en esos hechos. No se advierte manera de sostener la imputación sobre el sindicado a través de la evidencia colectada, y ante el vencimiento de la Investigación Preliminar,y la imposibilidad de incorporar nuevos elementos que permitan requerir nueva audiencia, corresponde dictar el sobreseimiento del imputado”.

Finalmente, resolvió “Dictar el sobreseimiento total y definitivo en favor del Sr. Sergio Daniel Vanore Vigo por hechos que se les endilgaban en el presente Legajo en orden al delito de daño, por las consideraciones expuestas y por aplicación del art. 155 inciso 2º del C.P.P. y por tanto, dejar constancia que la sustanciación del presente proceso no ha afectado el buen nombre y honor del que hubiere gozado con anterioridad al mismo”.

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Policiales y Judiciales

Dos camioneros argentinos murieron en un accidente en Chile

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jueves 03 de octubre de 2024

Este jueves, un trágico accidente ocurrió en la ruta 181 de Chile, en la comuna de Curacautín, cuando un camión perteneciente a una empresa subcontratada por Tortoriello, empresa transportista rionegrina, volcó. Víctor Hugo Balmaceda, uno de los conductores involucrados, falleció en el lugar a causa del siniestro. Mientras tanto, Pedro Alberto Eliceche, otro camionero que intentaba socorrerlo, sufrió un paro cardiorrespiratorio y también perdió la vida en el lugar.

El accidente, cuyas causas aún están bajo investigación, ocurrió cuando el camión conducido por Balmaceda, oriundo de Cipolletti, Río Negro, se dio vuelta en la ruta, posiblemente debido a una mala maniobra. Eliceche, proveniente de Adolfo González Chaves, Buenos Aires, detuvo su vehículo al costado de la ruta para ayudar a su compañero, pero en medio de la emergencia, sufrió una descompensación fatal.

El camión accidentado transportaba GLP (Gas Licuado de Petróleo), lo que provocó una fuga de gas que complicó las tareas de rescate en el lugar. Personal de Bomberos y del Servicio Médico Legal trabajaron intensamente en la escena, mientras habilitaban desvíos para el tránsito.

Ambos camioneros se dirigían desde Argentina hacia Temuco, en la región de La Araucanía, Chile, como parte de un servicio subcontratado por Tortoriello, empresa de transporte de Cipolletti. Aníbal Tortoriello, propietario de la empresa y diputado nacional, confirmó la identidad de las víctimas en declaraciones al Diario Río Negro.

Los organismos de seguridad chilenos continúan investigando las causas del accidente, mientras la comunidad de transportistas de Río Negro lamenta profundamente la pérdida de dos de sus colegas.

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Policiales y Judiciales

Le pagó cien mil pesos la víctima y zafó del juicio por una moto robada

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Yonatan Manuel Torres resultó definitivamente sobreseido en una causa por encubrimiento por receptación sospechosa, tras haber accedido a un criterio de oportunidad y respetar los lineamientos propuestos para dale una solución pacífgica al proceso penal que lo tenía como protagonista.

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Había sido imputado tras haber sido sorprendido conduciendo una motocicleta que había sido robada tres meses antes.

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Ocurrió cuando personal de la Comisaría 28 lo observó en actitud sospechosa junto a otra persona no identificada. Cuando quisieron acercarse a constatar su identidad intentó darse a la fuga pero lo capturaron a los pocos metros.

Luego los uniformados detectaron que la moto no tenía patente, tenía los cables del tambor de arranque dañados y el vehículo se ponía en marcha con el conocido puente utilizado comúnmente para suplir la ausencia de la llave correspondiente. Además, al cruzar los datos de número de chasis y motor con el de los registros de la propiedad automotor, surgió que el vehículo tenía un pedido de secuestro tras la denuncia por robo.

Tras cumplir su obligación de compensar económicamente a la víctima y respetar las otras condiciones propuestas en la aplicación del criterio de oportunidad, Torres resultó definitivamente sobreseído.

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