Al momento de manejar un vehículo ajeno son varios los documentos que había que llevar encima, la mayoría solicitados previamente por el titular, tal como ocurría con la cédula azul. Sin embargo, el Gobierno avanzó con la eliminación de algunos de estos documentos, además de ratificar la decisión de que la cédula verde no tenga vencimiento.
Las autoridades ya no podrán solicitar este documento a quienes no sean titulares del vehículo, siempre y cuando el dueño de la cédula verde del auto haya realizado la autorización correspondiente.
El trámite puede llevarse a cabo fácilmente desde la aplicación Mi Argentina: el titular simplemente deberá enviar de forma virtual su cédula verde para que un tercero pueda circular con el auto registrado.
¿Qué cambios hubo en los requisitos para conducir?
Anteriormente, cuando una persona manejaba un auto prestado debía llevar encima su documento de identidad, la licencia de conducir, el seguro y la cédula azul, una especie de autorización que entregaba el titular del vehículo a aquellas personas que lo suelen usar, pero que no figuran como dueñas.
El Gobierno, a través de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de los Créditos Prendarios dependiente del Ministerio de Justicia y mediante la Disposición 29/2024 del Boletín Oficial publicada en mayo de 2024, eliminó la necesidad de llevar este documento encima.
Ahora, al momento de adquirir un nuevo vehículo el titular deberá ingresar a la página del Sistema Integral de Trámites Electrónicos. Luego, en el perfil digital de la aplicación Mi Argentina deberá autorizar a uno o más terceros. Finalmente, la cédula figurará dentro del perfil de cada uno de ellos para presentar ante las autoridades que así lo requieran.
Según lo dispone la normativa, esto reemplaza a la cédula azul física, que se implementó en 2006 con la idea de que más de una persona pueda circular legalmente en un auto del cual no eran su titular. Ahora, no existen límites en la cantidad que se pueden expedir, además de que no se requiere ninguna firma por escrito o digitalizada.
En ese sentido, además se estableció que estas nuevas autorizaciones no tengan vencimiento. De existir alguna norma que fije un plazo determinado, el encargado de determinarlo será el Ministerio de Justicia de la Nación. Para esos casos, se indicará la fecha límite en la cédula original.
¿Qué hacer con las cédulas ya emitidas?
En el caso de las Cédulas verdes de Identificación que recibió el titular de un vehículo con anterioridad a la Disposición 29/2024 del Boletín Oficial y que poseen una fecha de vencimiento en su formato físico, ahora dejará de tener validez. Es decir, que ese documento se podrá presentar ante las autoridades independientemente de su fecha de caducidad.
Algo similar ocurre con las Cédulas de Identificación para Autorizados a Conducir (las azules). Las que se emitieron anteriormente a la medida seguirán vigentes hasta que sean revocadas por el titular que las solicitó, o bien hasta que se realice alguna transferencia del vehículo.
En ese sentido, el artículo 4° de la Disposición 29/2024 dispone que: “Salvo en los casos en que expresamente se determine un plazo de vigencia específico (v. gr. automotores importados temporalmente), las Cédulas de Identificación del Automotor y del Motovehículo, ya sea en su formato digital o físico, no caducarán mientras no haya cambios en la titularidad del vehículo”.
¿Qué documentos se necesitan para circular?
Documento Nacional de Identidad (DNI).
Licencia Nacional de Conducir.
Cédula verde.
Comprobante de seguro vigente.
Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
Chapas patentes colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.
Origen: https://www.lmneuquen.com/pais/nuevos-requisitos-conducir-cual-es-el-documento-que-ya-no-se-necesita-n1142631