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Julián Alberto Reina (39), el personal trainer que intentó asesinar a balazos a su ex novia en el barrio porteño de Saavedra y fue baleado por policías de la Ciudad que salvaron a la mujer, fue procesado con prisión preventiva por la tentativa de femicidio. La jueza resaltó que el imputado acechaba a la víctima, que elaboró un plan para matarla y que tenía con ella una “obsesión”.
El auto de procesamiento fue dictado por la jueza en lo Criminal y Correccional N°62 Patricia Guichandut, quien consideró a Reina autor de la tentativa de femicidio de su ex pareja, Dana Pontoriero (29).
Hay que recordar que el ataque ocurrió el 6 de julio pasado en Superí al 4200 y que todo quedó filmado por cámaras de seguridad: allí se ve que el personal persiguió y le gatilló a la joven, pero no sólo falló el arma porque estaba en mal estado sino que dos policías que pasaban por la zona redujeron a tiros al agresor.
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Al fundamentar la calificación y sus agravantes, la jueza señaló, en primer término, que quedó acreditado que la víctima y el imputado habían sido pareja entre abril de 2022 y mayo de este año. La propia Pontoriero dijo en su declaración en la causa que le había puesto fin a su relación con Reina “por las escenas de celos y actitudes tóxicas que él tenía”.
La magistrada también sostuvo que la tentativa de femicidio se dio “en un contexto de violencia de género” al recordar que “apenas días atrás” Reina “había intimidado a través de mensajes de texto y acechado en la puerta de la vivienda de su tía, tornándose violento e insistiéndole al grupo familiar que le pidieran que se presentara para poder hablar con ella y pedirle explicaciones sobre el fin de su relación”.
“La obsesión de Reina sobre la búsqueda de explicaciones sobre el fin de la relación de pareja, como fueron, los insistentes llamados y mortificación de la víctima, involucrando incluso a familiares, la injerencia en la vida privada aún luego de concluido el vínculo, las averiguaciones que procuraba realizar sobre la existencia de una nueva posible pareja, así como el acecho de la mujer en la vivienda de su tía, ocasión en la que ejerció decididos actos de violencia física, dejan al descubierto una relación desigual de poder”, remarcó la magistrada.
Al justificar la alevosía -el estado de indefensión de la víctima-, dio una gran relevancia a los videos de las cámaras de seguridad que captaron la secuencia que, según Guichandut, “permiten sostener lo desprevenida e indefensa que se hallaba la damnificada frente al ataque inminente y sorpresivo de Reina al emboscarla y aproximarse sigilosamente por detrás mientras Pontoriero iba caminando despreocupadamente con los auriculares colocados”.
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Incluso, remarcó que Reina, “para asegurar su cometido, enmascaró su identidad al colocarse buzo con capucha, anteojos oscuros, llevando el arma de fuego escondida en el interior del casco que portaba en sus manos”. El procesamiento reveló que Reina les dejó a sus padres sus ahorros y una nota con una suerte de mensaje de despedida o pedido de disculpas, en su departamento de la calle Washington al 4100.
Dentro de una hoja de cuaderno rayada doblada a la mitad que decía “mamá y papá”, la Policía Federal encontró 500 dólares y 27.000 pesos, la documentación y una copia de la llave de su moto Honda Twister y cerca de ello otra hoja con la frase: “Perdón, los amo, no estén tristes”.
El psiquiatra del Cuerpo Médico Forense (CMF) que evaluó a Reina, le informó a la jueza que el imputado “presentaba ideas de muerte sin planificación suicida en el contexto de una personalidad con rasgos narcisistas”, y concluyó que presentaba “la autonomía psíquica suficiente como para comprender y/o dirigir su accionar en los hechos”.
También quedó demostrado que Reina falló en su plan homicida porque las pericias al deteriorado revólver calibre .32 largo marca D.V empleado por el acusado, determinaron que si bien era “apto para producir disparos” tenía un “funcionamiento anormal” por una serie de fallas en un seguro, el tambor y e percutor.
Guichandut dictó la prisión preventiva al entender que “la pena prevista para el delito en cuestión en caso de recaer condena no resulta pasible de ejecución condicional”, y a que en caso de estar en libertad “podría ejercer alguna suerte de actividad, amenaza o presión hacia la víctima y testigos”.
*Con información de Télam
(Línea 144: atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de género. Por WhatsApp: +5491127716463)
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