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El fiscal Francisco Arrien consideró que los dichos del acusado no constituyeron el delito de amenazas sino más bien una serie de improperios que se dieron en el marco de una discusión acalorada e impulsó el sobreseimiento del acusado.
Daniel Anselmo Miranda había sido formalizado por una investigación en su contra en torno al delito de amenazas. De acuerdo a la acusación, el día 4 de octubre de 2023 se presentó en el campo de su vecino buscando dos caballos que se le habían escapado y que las personas que trabajaban con él no lograban encontrar.
Al estar frente a frente con su vecino, se introdujo en la propiedad y le dijo, “Te paso para abajo, pasando la tranquera te pongo bajo tierra, te quemo la casa, los edificios y te mando los mapuches para ocupar tu campo. Te rompo todo y te voy a prohibir el paso con un camión”. La situación causó temor en la persona del denunciante, que horas después se presentó ante las autoridades para narrar lo sucedido y pedir resguardo.
En consecuencia se labraron las actuaciones correspondientes y el fiscal Francisco Arrien de El Bolsón imputó a Miranda por amenazas simples, habilitando la investigación formal de lo ocurrido.
Pero superado el plazo de investigación penal preparatoria el mismo fiscal Arrien se presentó en audiencia para concluir que a su modo de ver el hecho denunciado no resultó típico, toda vez que las amenazas se profirieron dentro de una discusión acalorada entre los vecinos y que probablemente el contenido de los dichos del acusado, no haya tenido una real intención intimidante sino más bien se trató de la expresión desafortunada de fastidio o bronca por parte del acusado, contra su vecino.
Recordó Arrien que en mayo de 2024 ya habían intentado dictar el sobreseimiento del acusado, pero la audiencia debió ser suspendida por ausencia del denunciante. En tal sentido el Ministerio Público Fiscal intentó darle intervención al damnificado, pero descubrieron que había cambiado de número telefónico y de domicilio y no respondió a ninguna de las llamadas y citaciones que le cursaron, desprendiéndose de ello su desinterés en el caso.
El fiscal, por consecuencia, impulsó el sobreseimiento del acusado, postura a la que obviamente adhirió el defensor particular Víctor Hugo Massimino.
Sobre el punto expresó el juez de Garantías, Juan Pablo Laurence, que “la conducta que habría desplegado Miranda resulta atípica, atento a la falta de dolo directo que refiriere”, es decir, que según el magistrado las expresiones de Miranda no fueron para amenazar a su vecino, sino más bien la expresión de enojo, con las palabras que le surgieron en el momento.
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