Policiales y Judiciales
Tres años de prisión condicional para el camionero brasilero
Los jueces Maximiliano Bagnat, Eduardo Egea y Leticia Lorenzo impusieron una pena de tres años de prisión en suspenso al conductor brasilero de un camión de patente chilena que había sido declarado culpable por el homicidio culposo agravado de cuatro miembros de la familia LInares.
Dictaron la sentencia para el culpable de la muerte de la familia Linares, camino a la Angostura
Los jueces estipularon que el acusado deberá permanecer en el país durante cuatro años, para lo cual deberá fijar domicilio fuera de Bariloche y Villa La Angostura, además de realizar un curso de manejo defensivo.
Los magistrados evaluaron agravantes y atenuantes aplicables al caso y consideraron de manera unánime que la pena justa a imponer fuera el mínimo legal establecido para el delito reprochado, que tiene una escala penal que va de los 3 a los 6 años de prisión.
En ese sentido los jueces consideraron como agravante que Carlos Arthur Beder Da Silva es un conductor profesional, con dilatada trayectoria en la conducción de camiones de transporte internacional y que ello le exigía un mayor grado de diligencia al momento de la conducción. Como contrapartida desestimaron como agravante considerar la cantidad de víctimas, ya que el hecho por el que ya había sido declarado responsable, contemplaba la multiplicidad de víctimas.
Por el lado de los atenuantes, los magistrados rechazaron considerar que el tiempo en el que estuvo sujeto al proceso y alejado de su lugar de residencia pueda disminuir el monto de la pena a imponer, aunque sí consideraron que era un hombre que había dedicado su vida al trabajo y con ello a la manutención de su familia.
En la breve lectura de los argumentos que dieron los jueces este mediodía, se destacó especialmente que no existe ningún fallo penal posible que pueda reparar el daño inconmensurable que ha sufrido la familia Linares.
Beder Da Silva fue enjuiciado y condfenado por las consecuencias derivadas de su responsabilidad en el funesto siniestro vial que costó la vida de Ezequiel, Lisandro, Taiel y Martina Linares el 1 de junio de 2024 sobre la Ruta 40.
La teoría fiscal ratificada por la sentencia estableció el imputado conducía un camión con semirremolque con sentido hacia Ruta Nacional 237, desde Villa La Angostura hacia Bariloche y, en esas circunstancias, condujo en forma imprudente y antirreglamentaria, al no haber observado el cuidado y la prevención necesarios, y generó un choque con otro vehículo. De esta manera, creó un riesgo no permitido cuando maniobró en forma antirreglamentaria, al no respetar las señales de tránsito y desobedecer la obligatoriedad del señalamiento horizontal de doble línea amarilla existente en la calzada.
El acusado concretó una maniobra hacia su izquierda, generando su ingreso al carril contrario de la Ruta 40, invadiendo de esta manera el espacio de circulación de la camioneta que circulaba en sentido contrario. Esa maniobra es la que, generó el choque frontal entre el camión y la camioneta, provocando la muerte de las cuatro personas.