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Una adolescente caminaba a su casa y fue mordida por ocho perros: formularon cargos a los dueños de los animales

El Juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos relatados por la fiscal, que constituye el delito de lesiones culposas leves, de acuerdo a lo normado en los artículos 45 y 95, segundo párrafo en función del artículo 89 del Código Penal, como coautores, los tres. Otorgó cuatro meses para etapa de investigación preparatoria, sobre todo para avanzar en un acuerdo de acuerdo a lo normado en el artículo 14 del Código Procesal de la provincia.

El grupo de perros en cuestión estaba conformado por un macho de tamaño grande, una hembra de tamaño mediano mestiza marrón y un perro macho de tamaño grande de pelaje gris y se encontraban sueltos en la vía pública.

Todos provenían de sus domicilios, dado que los portones no estaban cerrados, o no se encontraban en caniles o recintos separados de ningún tipo que les impida la libre circulación hacia el exterior de los lugares donde se encontraban, tal como indican las normas.

La ley Provincial 4043 establece la normativa aplicable a la tenencia de perros potencialmente peligrosos, para preservar la vida y la integridad física de las personas. Considera esta norma como perros potencialmente peligrosos todos aquellos cualquiera que sea su raza, que hubieran atacado a personas; que muestren un comportamiento agresivo, que hayan sido adiestrados para el ataque o defensa o los que pertenezcan a las razas rottweiller, doberman, dogo argentino y pitbull terrier.

Agrega además que los perros potencialmente peligrosos deben ser albergados en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huída y que el lugar debe estar señalizado con la inscripción “perro peligroso”.

Producto de esta agresión, la adolescente sufrió lesiones que requirieron ingreso a quirófano para la realización de diversas cirugías.

La fiscal del caso describió la evidencia colectada hasta el momento, certificados médicos, fotografías de los perros involucrados, informe del médico veterinario de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, pericia del Cuerpo Cuerpo de Investigación Forense. Por su parte, la familia de la menor se constituyó en querellante y adhirieron en un todo al planteo de la fiscalía.

Los imputados fueron asistidos por la defensa pública penal y se abstuvieron de brindar alguna declaración en esta instancia procesal. Tampoco manifestó la abogada alguna objeción al plazo, a los hechos, o calificación.

Cabe recordar que la restante imputada, avanzó en un acuerdo con la aplicación de un criterio de oportunidad y contó con la asistencia de otra de las defensoras públicas penales.

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