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Policiales y Judiciales

Violento atraco a la familia Stuke: absolvieron al único acusado

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Facundo Ezequiel Umaña fue absuelto de los cargos por el brutal asalto sufrido por la familia Stuke en su domicilio el 19 de diciembre de 2023. La decisión del tribunal, compuesto por los jueces Marcos Burgos, Martín Arroyo y Gregor Joos, se basó en la falta de certeza probatoria para vincular a Umaña de manera irrefutable con el hecho, a pesar de la impactante violencia del suceso.

“Ninguna prueba de carácter científico se presentó en el juicio, solo estos videos exhibidos directamente en la audiencia”. Foto: archivo

La fiscal Alejandra Bartolomé había sostenido una acusación fuerte, detallando el asalto con precisión. Según la fiscalía, la noche del 19 de diciembre, alrededor de las 22:00 horas, Umaña y al menos otros cinco individuos irrumpieron en la vivienda de Raúl Alberto Stuke, Bibiana Cecilia Alonso y su hijo. Los asaltantes, que llegaron en un Fiat Cronos blanco polarizado, habrían accedido a la propiedad saltando el portón y forzando la puerta principal con una patada, provocando incluso la caída de uno de ellos.

Dentro del domicilio, la fiscalía describió cómo Facundo Ezequiel Umaña, portando un hacha, comenzó a golpear a Raúl Stuke. Ante la resistencia de la víctima, el resto de los agresores se sumaron, propinando golpes de puño y patadas hasta reducirlo y causarle una lesión cortante. De manera simultánea, otro asaltante intentó llegar a donde se encontraban Bibiana Alonso y su hijo. A pesar de la resistencia inicial de la mujer, que se interpuso, la imagen de su pareja siendo agredida y la inminente presencia de Umaña con el hacha la hicieron desistir, permitiendo el ingreso.

Una vez en control de la situación, los asaltantes se apoderaron de un teléfono celular y exigieron dinero. Sin embargo, los gritos de Alonso alertaron a los vecinos, lo que precipitó la huida de los delincuentes. Antes de abandonar el predio, descartaron el hacha utilizada, la cual fue hallada por las víctimas.

Las consecuencias de la agresión fueron devastadoras para Raúl Stuke. Sufrió un trauma craneoencefálico con hemorragia intracerebral, una herida punzocortante en el muslo izquierdo y múltiples hematomas. La fiscalía subrayó que el hecho de que Stuke tomara anticoagulantes agravó sus heridas, lo que lo llevó a terapia intensiva y puso su vida en grave peligro. Bibiana Alonso y su hijo Jonathan también sufrieron lesiones leves.

La fiscalía había calificado el hecho como robo triplemente calificado (por ser cometido en lugar poblado, en banda, con armas de fuego y armas impropias) y lesiones graves en concurso ideal, atribuyendo a Umaña la autoría.

A pesar de la contundencia del relato de la fiscalía y la indudable violencia del hecho, la defensa de Umaña, a cargo del abogado Jorge Pschunder, cuestionó seriamente la prueba presentada para vincular a su defendido. Si bien la ocurrencia del robo y el sufrimiento de las víctimas no estuvieron en discusión, la autoría de Umaña fue el punto de quiebre.

La Fiscalía argumentó que cuatro testimonios “ubican de manera clara y contundente a Umaña en la escena como la persona que portaba el hacha y agredía con extrema violencia”. Sin embargo, la defensa sostuvo que el único testimonio que podría haber ofrecido certeza, el del propio Stuke, no la proveyó.

Los jueces, en su fallo, fueron explícitos al respecto. Afirmaron que, si bien el testimonio de las víctimas, Raúl Stuke y Bibiana Alonso, sumado a los videos exhibidos, dejaba “la menor duda en relación a la ocurrencia material de este gravísimo hecho de robo, cometido con una violencia que como calificó Stuke fue descomunal”, la identificación de Umaña fue el eslabón débil.

“En el video en el que se observa el ingreso a la vivienda, se observa claramente la presencia de cuatro personas armadas, ejerciendo violencia extrema sobre Stuke, acometiéndolo con arma de fuego, cuchillo y hacha, al mismo tiempo que se lo empujaba y golpeaba”, indicaron los magistrados. Pero la clave residió en la falta de claridad en las imágenes para una identificación fehaciente.

Los jueces señalaron que “ninguna prueba de carácter científico se presentó en el juicio, solo estos videos exhibidos directamente en la audiencia”. Lamentaron que no se hubiera trabajado sobre las imágenes para procurar una mayor nitidez o que no se hubiera recurrido a tecnologías como el reconocimiento facial, que podría haber aportado “información de calidad” o “datos probabilísticos”.

En definitiva, el tribunal concluyó que “toda la fuente de información radica en el video y aquello que los ‘testigos’ aseguran que se ve en el mismo”. Y fueron contundentes: “Del mismo modo que lo hacemos los jueces, es decir, vemos el video y ciertamente no podemos afirmar que ese rostro es el de Umaña, ni siquiera podríamos señalar que es parecido o similar. Como dijimos, no hay ningún detalle del rostro que podamos decir es similar a Umaña”.